La condena al ginecólogo y el aborto

La condena al ginecólogo y el aborto

El objetivo de este trabajo es mostrar muy resumidamente el motivo de la condena del Médico Ginecólogo, algunas consideraciones de salud pública, y hacer un aporte de diálogo, para que como pueblo, decidamos qué es lo que queremos para nosotros.

Durante el mes de mayo de este año se realizó el juicio al Médico Tocoginecólogo Leandro J. Rodríguez Lastra por no haber realizado la voluntad de la madre denunciante de abortar a su hijo, producto de una violación.

Entre otras cosas, el veredicto dice: “Si a esto sumamos la administración de fármacos para contener o revertir el proceso iniciado por la paciente no puedo menos que concluir que el acusado nunca tuvo la menor intención siquiera de contemplar efectuar la práctica que le reclamaba aquella” (la madre denunciante). “Se trata de una omisión que consiste en la inobservancia de la ley, esto es no hacer, no ejecutar, no cumplir lo que la ley manda expresamente a hacer al funcionario dentro de su autoridad funcional.”

“Y en este punto traigo en abono de los dichos, un párrafo del precedente F.A.L. del Superior Tribunal de Justicia de Chubut que dijo: es evidente que frente a la colisión de intereses y bienes jurídicamente protegidos vida humana/libertad sexual/ autodeterminación, en el caso de la concepción producida por violación/abuso sexual con acceso carnal la ley hace prevalecer al segundo sobre el primero.” “Las consideraciones precedentes dejan en claro que la sentencia que se dicte no decide sobre la vida del feto sino sobre la salud de la madre.”

O sea, el juez mira sólo si el médico actuó respetando o no la ley. Como no la cumplió, lo condenó. Ajustado a derecho. (Ley 4796 de Río Negro).

Dicha Ley dice en el artículo II: “Se puede solicitar la interrupción del embarazo en caso de: a) Peligro para la vida o la salud integral de la mujer; b) Cuando el embarazo provenga de una violación; c) Cuando el embarazo provenga de un atentado al pudor de una mujer idiota o demente”. La ley de Río Negro se ajusta totalmente a la Ley Nacional.

Desde el concepto de  Salud, la OMS afirma que “es el perfecto estado físico, mental y social”. Es decir que si alguno de estos tres estados se ve afectado hay derecho a pedir la interrupción del embarazo.

Los médicos tenemos la posibilidad de firmar la Objeción de Conciencia si es que no estamos de acuerdo con practicar un aborto por la razón que fuere. El colega no la firmó, por lo cual legalmente también quedó expuesto. (Ley 4796, Cap VI)

Hasta acá la nota fría de la Ley. Pero hay una discusión muy fuerte en nuestro país sobre la legalización del aborto libre y gratuito, que nos atraviesa a todos. Y esta discusión se debe a que el aborto clandestino fue la principal causa de muerte materna en Argentina.

Hoy el Análisis de la Mortalidad Materno Infantil del 2006 al 2017, del Ministerio de Salud de la Nación, muestra un descenso importante de la mortalidad materna en general, del 7 por 10.000 nacidos vivos en 1980 a 3,4 en 2017, con un pico en 2010 por la gripe H1N1. En este informe el aborto es el 17,6% de las muertes maternas, siendo el 55,1 % las causas propias del embarazo y el parto, las más relevantes en la vida de las madres. Este informe no muestra las causas del aumento o la disminución de las diferentes causas de muerte.

El aborto es una importante causa de mortalidad materna, sobre todo, por la clandestinidad de éste. Es una muestra real de que las mujeres que no pueden acceder a un aborto seguro son las que más riesgo de morir tienen. Luego, si le damos a todas las mujeres que piden abortar la misma calidad de atención, es esperable que la muerte materna disminuya y, sobre todo, se cumpla el derecho de que, ante mismo problema de salud, misma calidad de atención. (APS – Alma Ata).

Ahora, está bueno preguntarse, qué lleva a una mujer a abortar. Creo que la única causa es el embarazo no deseado. Y para ello el principal hecho que aparece en la consulta diaria es la violencia sexual. Ya sea violación o abuso sexual. El abuso sexual no ha sido estadificado, pero sabemos que sucede en el ámbito social más cercano a la mujer abusada (familia, vecinos, amigos). Por ello es tan difícil que la víctima realice la denuncia.

Otro motivo de solicitud de interrupción del embarazo es el embarazo no deseado dentro de una pareja estable. Aquí, los métodos de planificación familiar están al alcance de todos y es prevenible la ocurrencia de embarazos no deseados. Lo que no es el aborto, un método de planificación familiar.

Ahora, hablemos del niño, el niño concebido. Y aquí tenemos una contradicción porque nadie le pregunta al niño qué es lo que quiere. Y se pierde una vida humana. Hoy se acepta universalmente que la vida de la persona nace con la fecundación. Y eliminar una vida humana, para mejorar otra, ¿es humano?

La Ley 26061 de Protección integral de los Derechos de niñas, niños y adolescentes (octubre de 2005) dice en el artículo 3: “Cuando exista conflicto entre los derechos e intereses de las niñas, niños y adolescentes frente a otros derechos e intereses igualmente legítimos, prevalecerán los primeros”. Es decir que los intereses de los niños prevalecerán sobre los derechos maternos.

Detrás de la promulgación del aborto legal y gratuito, ¿existen intereses económicos? ¿Quién financia las campañas pro-abortistas? En El Disenso, febrero de 2019, se lee lo siguiente: “El panorama financiero de Planned Parenthood es oscuro. A la pérdida de estos 60 millones de dólares se suma la continuidad de la investigación que está llevando a cabo el Departamento de Justicia de Estados Unidos para determinar si la organización violó las leyes para beneficiarse de la venta de tejido fetal humano, luego de que el informe final del comité judicial encontrara evidencia suficiente para demostrar que Planned Parenthood cobró a las empresas de biotecnología costos más altos que los costos operativos devengados de la recolección de fetos.”

Todas estas preguntas, y seguramente muchas más, están jugando a la hora de decidir aborto legal sí/aborto legal no. Las respuestas son comunitarias. Y esas respuestas se comienzan a gestar en el diálogo familiar, escolar, universitario, laboral, etc. Es necesario como sociedad charlar, discutir, entendernos, en las posiciones que emanan de un tema tan sensible como el de la interrupción voluntaria del embarazo.

Una ley no va a evitar que se siga abortando, pero tampoco creo que aumente el número de abortos. Puede ser la punta de una industria fenomenal para capitales que están esperando para ingresar en el negocio mencionado más arriba.

Mejorar la aplicación de la adopción al nacer puede ser una respuesta. La ley actual le da atención a la madre que viene a solicitar la interrupción del embarazo, previa a la interrupción misma. Muchas madres, luego que pasa el impacto de la noticia de un embarazo no deseado, desisten de la interrupción voluntaria.

Para terminar, los fundamentalismos (religiosos, éticos, filosóficos, políticos, económicos, etc.) no ayudan a una discusión seria. Nos separan más aún. Y tenemos que pensar qué es lo que queremos y cómo anticiparnos a lo que no queremos para evitar ese daño. La interrupción voluntaria del embarazo nos da la posibilidad de abrir el diálogo y mirarnos cara a cara, aunque pensemos diametralmente diferente. Lo mejor surge de ese diálogo.

El autor es Especialista en Medicina General/Medicina Rural. Mat Nqn 2611 – Mat Esp 989. Médico Homeópata Unicista. Docente en la Facultad de Cs Médicas de la Universidad Nacional del Comahue.

  1. Discrepo con lo que plantea el artículo…. decir lo siguiente:
    Para terminar, los fundamentalismos (religiosos, éticos, filosóficos, políticos, económicos, etc.) no ayudan a una discusión seria. Nos separan más aún…….decir que lo ético lo filósofico lo religioso etc no importa es negar parte de los fundamentos mismos del derecho
    Además porque no está hecho el hombre para la a ley sino la ley para el hombre ( lo que podemos llamar el espíritu de la ley) si la misma ley en nombre del derecho de uno permite eliminar la vida humana de otro partimos de una base viciada de contradicciones insalvables porque además quién prueba que existió violación si según la ley la sola palabra de la mujer que atestigua haber sido violada es suficiente? Y si no es verdad que fue violada? Y si el profesional que aduce peligro para la salud psicológica para la mujer embarazada aunque no sea violación ese profesional está dirigido de una subjetividad ideológica abortista más q científica ?

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    • Alberto Depetris 14 junio, 2019, 10:34

      El autor del artículo utiliza la palabra “fundamentalismos” y me parece que lo hace a propósito, ya que los fundamentalismos (de cualquier tipo) no ayudan al diálogo. Entiendo que el diálogo se da entre personas que tienen distintas “convicciones”, exponen sus ideas, no descalifican al que piensa distinto y tratan de encontrar soluciones aceptables para todos. Los temas relacionados con la vida humana (aborto, eutanasia, salud, fertilización asistida, pena de muerte…) son muy sensibles en la sociedad actual. Personalmente estoy siempre por la vida. Cada persona es única e irrepetible y por lo tanto su aporte a la humanidad vale por sí mismo. El diálogo, aunque sea difícil y espinoso, siempre es superior a la confrontación. Y vale la pena intentarlo.

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  2. El artículo dice. :
    Para terminar, los fundamentalismos (religiosos, éticos, filosóficos, políticos, económicos, etc.) no ayudan a una discusión seria. Nos separan más aún….no estoy de acuerdo con este planteo
    No estoy de acuerdo con lo que expresa el artículo y creo que desconocer lo filósofico ético religioso etc y llamar fundamentalimo a ésto es negar algunos de los fundamentos en los que está sostenido el mismo derecho …. además una ley que defiende un derecho de un ser humano no puede basar ese derecho en la eliminación de otro ser humano y negar el derecho a la existencia de un ser humano para defender un derecho es viciar en su esencia cualquier otro derecho.
    Además la ley dice que la a mujer con solo declarar que fue violada queda probada la violación es algo muy cuestionable y viciado de base porque no existe prueba alguna más que su palabra.

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  3. luis maria varela 13 junio, 2019, 16:08

    El problema es tambien la Ley 4796 de Río Negro. Nadie la impugno ?. cuando la dictaron ….la dejaron pasar asi nomas sin analizarla y cuestionarla ? Es bastante tendenciosa y fue el basamento legal de la sentencia. Ahora bien, esta sentencia da para mucho….., porque asi como el juez condeno, tambien podria haber sobreseido. con iguales argumentos se puede condenar o sobreseer. Creo que el juez no se “jugo” o no le importa el problema etico y moral. Por mis principios morales, eticos, legales y sociales yo estoy en contra de todo marco legal que “propicie”, “promueva” o “facilite” el aborto. Esto va a llegar a la SCJN.

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  4. Rafael Martínez 13 junio, 2019, 20:46

    Me parece pésimo el artículo, lleno de suposiciones y falacias. En todos los países en los que se legalizó aumento exponencialmente el número de abortos y se usa como método anticonceptivo de segunda mano, generando más violencia sobre la mujer que frente a un embarazo recibe presiones de todo tipo para realizarse un aborto. Me extraña que no mantengan la línea editorial, y que publiquen un artículo tan light escrito por alguien que claramente no es especialista en la materia.

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  5. Gabriel Baglietto 14 junio, 2019, 01:07

    Seguramente el autor de la nota la escribió con la mejor de las intenciones. Pero me alegra la reacción de los comentarios anteriores y me viene un pensamiento/pedido para el autor, la revista y el movimiento: “menos ecuanimidad y más claridad”

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  6. Natalia Lopez 17 junio, 2019, 23:40

    Trabajo en Salud Pública y adhiero a la publicación del autor, este tema hay que abrirlo, sincerarnos, respetarnos, si se cree en la construcción de un mundo unido. Hablemos de Educación Sexual en las familias, en las escuelas, en las iglesias, cuidemos a la infancia, a las mujeres y formemos a los varones en nuevas masculinidades!!! Hay mucho trabajo por hacer! Y dialoguemos principalmente en esta revista.

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