El nuevo Código de Proceso Penal, además, introduce acuerdos con el acusado en caso de delitos con pena hasta tres años.
A partir del 1 de noviembre, cuando en Uruguay entrará en vigencia el nuevo Código de Proceso Penal, la persona que haya sido condenada deberá cumplir la pena en prisión. No se aplicará más el beneficio de la libertad condicional.
Hasta el momento, cuando un condenado había purgado un tiempo de prisión preventiva, se consideraba ese tiempo como parte de la pena y se consideraba el beneficio de cumplir la pena estando en libertad. Intervenían varios factores, entre ellos la conducta y la personalidad del condenado, su estilo y condiciones de vida.
Además de la libertad condicional, el nuevo Código Procesal Penal deroga la suspensión condicional de la pena, que permitía a quien recibía la sentencia en libertad continuar libre si pasado un año no cometía un nuevo delito.
Desde el procesamiento contra alguien y la acusación de la Fiscalía pasarán entre 5 o 6 meses, luego de los cuales, si el indagado es condenado, irá a prisión. En caso de que una persona sea procesada con prisión podrá pedir la libertad provisional y si se concede esperará el fallo en libertad, pero cuando sea condenado volverá a la cárcel.
La ley estableció un plazo máximo para la investigación de un año, aunque se estima de durará menos.
El mecanismo que entrará en vigencia en noviembre, permite que haya acuerdos entre los delincuentes y los fiscales, que serán quienes dirigirán la investigación en el nuevo proceso, y quienes tendrán la potestad de reducir hasta en un tercio la pena si el indagado confiesa el delito y colabora.
Ese mecanismo se podrá acordar por lo que se llama “proceso abreviado” y que se podrá aplicar para todos los delitos, salvo algunos graves como homicidio, tortura y delitos sexuales.
El juez podrá aceptar como rechazar el acuerdo entre el fiscal y el indagado si constata que no cumple con los requisitos legales. La pena reducida, además, podrá cumplirse en la cárcel o, en libertad pero cumpliendo con algunas sanciones. Entre las sanciones a aplicar figuran llegar a un acuerdo material o simbólico con la víctima, no acercarse a determinada persona o lugar, someterse a tratamiento médico o psicológico, comprometerse a finalizar educación básica, no conducir vehículos por determinado tiempo, entre otras.
Este mecanismo podrá aplicarse solo en caso de delitos con una pena máxima de más de tres años, cuando el imputado esté cumpliendo una condena o cuando tuviera otro proceso con suspensión condicional en trámite.