El Día Nacional de la memoria por la Verdad y la Justicia es una jornada que remite al golpe de Estado del 24 de marzo de 1976. Se promueve generar una memoria y conciencia colectiva para que ni los golpes de Estado, ni las violaciones a los derechos humanos tengan lugar.
Como la memoria es esquiva, acudimos al archivo de documentos, para ver qué habían hecho ciertos organismos en aquellos años. Compartimos este, producido durante la XLV Asamblea Plenaria, en agosto de 1982, donde se detalla gran parte de los pedidos de la Conferencia Episcopal, en lo atinente al tema de los desaparecidos y sus familias.
El documento alude a notas presentadas en cartas públicas en mayo, julio y diciembre de 1976; marzo, mayo y noviembre de 1977; marzo y noviembre de 1978; diciembre de 1979; mayo y noviembre de 1981. Esta es una de las grandes ventajas de los archivos, recorrerlos nos permiten acercarnos a parte de la realidad que se vivió en otros tiempos.
La Comisión Permanente de la C.E.A., cumpliendo con uno de sus deberes pastorales “auscultar la vida del país”, ha querido presentar uno de los problemas más acuciantes que preocupan, a nuestro ser, la sociedad argentina en el momento actual: la situación de muchas familias que tienen un integrante “desaparecido”, es decir, al parecer detenido por fuerzas militares o policiales y de quien nunca más se ha tenido noticias, y la situación de no pocos detenidos a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, a veces durante largos años, sin que se le substancie proceso.
Al respecto quizás sea oportuno recordar que ya el 15 de mayo de 1976, los Obispos decíamos en carta pública: “… se podría errar: si en el afán por obtener esa seguridad que deseamos vivamente, se produjeran detenciones indiscriminadas, incomprensiblemente largas, ignorancia sobre el destino de los detenidos, incomunicaciones de rara duración, negación de auxilios religiosos, si, con el mismo fin, se suprimiera alguna garantía constitucional, se limitara o postergar el derecho d defensa”.
Y el 7 de julio de 1976 a la Junta Militar: “Fundados en la experiencia cotidiana del recurso a la Iglesia de toda clase de personas, quisiéramos asimismo reiterar el pedido del documento de la 33ª. Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Argentina sobre la situación de los presos y la posibilidad de alguna información que tranquilice a las familias”.
El 3 de diciembre de 1976, al Presidente de la República, decía la Comisión Permanente: “Reitero, así, las inquietudes que en mayo pasado, le hiciera llegar el Episcopado sobre la situación de los detenidos”.
El 17 de marzo de 1977 la Comisión Permanente escribía a la Junta Militar: “… queremos hoy transmitirles con esta carta, las inquietudes que de todas partes nos llegan desde hace tiempo. Ellas se refieren a la situación de no pocos conciudadanos a quienes el reclamo de sus parientes y amigos presenta como secuestrados o desaparecidos, por la acción de grupos de personas que dicen ser de las Fuerzas Armadas o policiales y obrar en su nombre, sin que sea posible, en la gran mayoría de los casos, ni a aquellos sus deudos, ni a las autoridades eclesiásticas que tantas veces han intercedido lograr siquiera una información a su respecto… Aún otro punto todavía: los mismos presos bajo proceso ven su causa a veces prolongarse por años, sin llegar a una sentencia que aclare definitivamente su situación”.
Y el 7 de mayo de 1977, decíamos en carta pública: “… nos atrevemos a manifestar los siguientes hechos, entre otros, que provocan en nuestro ánimo serias inquietudes: a) las numerosas desapariciones y secuestros, que son frecuentemente denunciados, sin que ninguna autoridad pueda responder a los reclamos que se formulan… b) la situación de numerosos habitantes de nuestro país, a quienes la solicitud de familiares y amigos presentan como desaparecidos o secuestrados por grupos autoidentificados como miembros de las Fuerzas Armadas o policiales, sin lograr en la mayoría de los casos, ni los familiares, ni los obispos que tantas veces han intercedido, información alguna sobre ellos… d) finalmente, algo que es muy difícil de justificar; las largas detenciones…”.
El 26 de noviembre de 1977 decíamos a la Junta Militar: “Lejos estábamos entonces (en mayo del 76) de sospechar el cuadro que después se nos ha hecho dolorosamente familiar: miles de denuncias de desapariciones de personas, de las que, en la mayoría de los casos, se carece posteriormente de toda noticia. Este hecho, tan lamentable, y que nos vimos precisados a indicar en nuestras exhortaciones del mes de mayo de 1977, sigue hoy tan vigente como entonces. No sólo no se ha tenido una explicación valedera de lo anteriormente sucedido, no sólo no se ha levantado aunque fuera en parte sustancial, el manto del silencio sobre lo ocurrido a tantas personas, sino que, con un ritmo si se quiere algo menor, lo reconocemos, los secuestros y desapariciones han continuado, sembrando la inquietud, el desconcierto y una honda sensación de angustiosa desesperación –tan propicia en el hombre para todo sentimiento irracional– en muchas familias argentinas… Por eso, y sabiendo que nos dirigimos a cristianos convencidos, señalamos los siguientes puntos y sugerencias: a) el secuestro de una persona, y su detención anónima no es admisible: por lo mismo, las autoridades deberían dar cuenta antes a los familiares respectivos, aviso de la calidad de detenidos sobre quienes lo están, aún cuando, -por razones de seguridad que a veces pueden ser válidas- no se puede indicar dónde se hallan detenidos; b) los familiares de las personas desaparecidas, o las diversas instituciones que se han ocupado de ellas, la misma Iglesia, al recurrir con todo derecho ante las autoridades, o no se reciben a menudo respuesta alguna, o sino, se le indica que no hay datos sobre tal persona. Dicha respuesta, como es muy natural, si bien pudiera ser comprensible en algunos casos, cuando los ejemplos se multiplican hasta ser miles engendra en los recurrentes una muy explicable desconfianza en la veracidad de la información e indica, en el mejor de los casos, una falla inaceptable en los organismos que el Estado debe tener para defensa de los derechos de los ciudadanos; c) asimismo, dentro de este tema, las autoridades deberían extremar los medios a su alcance, para dar a las familias respectivas, noticias fehacientes de quienes hubieran resultado muertos en todo tipo de acción de represión, puesto que, a parte del derecho natural de tener acceso a tales noticias, hay no pocas situaciones humanas de cónyuges y de hijos que necesitan saber cuál es su estado legal; d) el hecho de que muchos detenidos continúan sin que se les instaure proceso, tampoco contribuye a una necesaria distensión, y es, en si mismo, también una lesión de la justicia, pues si bien nuestras leyes reconocen la posibilidad de detenciones a disposición del Poder Ejecutivo, ello siempre debería ser un recurso excepcional y no prolongarse, so pena de adquirir una apariencia de arbitrariedad”.
Y el 14 de marzo de 1978 al señor Presidente de la República le decía el entonces Presidente de esta Conferencia Episcopal: “… nos vemos precisados a reiterar, con las variaciones antes apuntadas, que sentimos la necesidad para la tranquilidad del pueblo, de que sea aclarada, lo antes posible, la situación de tantas personas de las que no se tienen noticias. El dolor de las familias, muchas veces sin siquiera atisbos del porqué pueda haber sido aprehendido su padre, hijo o hermano, no es semilla de paz para el futuro, porque la incertidumbre es mala consejera”.
El 13 de noviembre de 1978, en carta pública, decíamos: “Un régimen de legalidad judicial plena hará posible que nadie permanezca detenido sin que se le haya abierto un proceso ante la justicia. Asimismo, evitará se demore innecesariamente la resolución de las causas ya iniciadas…” ; “… pedimos vivamente a las autoridades que, como decisiva contribución a la paz interna, se diga una palabra esclarecedora a los familiares de los desaparecidos, quienes se ven afectados, tanto por el dolor de la ausencia, como por la incertidumbre ante la suerte corrida por sus seres queridos. La verdad de los hechos, por dura que sea, siempre será preferible a la angustia permanente de la duda”.
El 14 de diciembre de 1979, pedíamos en un pública exhortación: “A las autoridades: … quisiéramos se acentuara una actitud más comprensiva ante quienes sufren la desaparición de seres muy queridos; no perdemos la confianza de que problemas tan dolorosos sean esclarecidos, en la medida de lo posible, con fortaleza y prudencia cristianas, para bien de los familiares interesados y de la paz interna de nuestra comunidad…, finalmente rubricamos el pedido de Su Santidad referente a los encarcelados, en el sentido de que se acelere su proceso y se respete sus personas”.
El 8 de mayo de 1981 entre los problemas que afectan a la reconciliación, señalábamos; “de un modo especial, la situación angustiosa de los familiares de los desaparecidos… y cuya preocupación hoy reiteramos; así como también el problema de los que siguen detenidos sin proceso o después de haber cumplido sus condenas, a disposición indefinida del Poder Ejecutivo Nacional”, frases que repetíamos, sintetizándolas, el 14 de noviembre de 1981.
Sabemos que muchos de los detenidos han alcanzado su libertad, así sea bajo vigilancia, pero aún quedan no pocos a disposición del Poder Ejecutivo nacional, en cuya situación llevan varios de ellos años anteros, cosa a nuestro parecer enteramente ajena al espíritu de nuestras leyes y, por supuesto, al derecho innato de las personas. Y permanece íntegro el problema que viven los familiares de personas desaparecidas, quienes ven transcurrir los años sin que se les proporcione alguna explicación valedera siquiera sobre la realización de investigaciones que el Estado, ante denuncias formuladas por los mismos familiares, sin duda debió realizar.
Fuente:
https://episcopado.org/assetsweb/documentos/12/1982-10Desaparecidos_61.htm