Disposiciones del Banco Central de la República Argentina.
En el marco de la cuarentena obligatoria dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) resolvió, a través de la Comunicación A6942, que las entidades financieras y cambiarias no abrirán sus puertas al público durante ese período, y seguirán prestando servicios a los usuarios en forma remota para la conformación de plazos fijos, el otorgamiento de financiaciones y para garantizar los servicios relacionados con el sistema de pagos.
El BCRA garantizará la provisión de efectivo para que los bancos adopten todas las medidas necesarias, para asegurar la suficiente provisión de fondos en cajeros automáticos y la continuidad de la operatoria relacionada con la extracción de efectivo en todos los puntos de extracción.
Durante la cuarentena no habrá compensación electrónica de cheques, por lo que las sesiones de compensación se reanudarán el miércoles 1 de abril de 2020. Tampoco se computará para el vencimiento de plazo de 30 días para la presentación de los mismos los días 25 y 26 de mayo.
Durante la cuarentena se mantendrán operativas las Cámaras Electrónicas de Compensación, el Medio Electrónico de Pagos, las redes de cajeros automáticos y de transferencia electrónica de fondos, las administradoras de tarjetas de crédito y débito, los adquirentes y procesadores de medios de pago electrónicos, los proveedores de servicios de pago, así como sus prestadores conexos y toda otra infraestructura de mercado necesaria para la normal prestación de los servicios de las entidades financieras y de los sistemas de pago.
Fuente: BCRA