Chile aprueba la imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra menores

Chile aprueba la imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra menores

El proyecto fue aprobado en general por unanimidad. Son 16 las modalidades delictivas que no podrán prescribir.

El Senado de Chile aprobó este martes en general el proyecto que declara imprescriptibles los delitos sexuales contra menores, que busca entregar la oportunidad de que las víctimas denuncien cuando se encuentren preparados sin importar el tiempo que haya transcurrido.

La iniciativa fue aprobada por unanimidad, con 39 votos a favor, y se recibirán indicaciones hasta el 23 de julio, fecha en que la moción será estudiada por las Comisiones unidas de Constitución y la especial encargada de tramitar proyectos de ley relacionados con menores de edad.

“Estamos en presencia de un proyecto que busca, por primera vez en nuestro sistema penal, establecer la imprescriptibilidad de quienes son responsables de delitos sexuales contra menores. Dada la relevancia que nuestro país asigna a esta materia, el 2017 aprobó que la prescripción de delitos contra menores sea computada hasta que la víctima alcance su mayoría de edad”, destacó el senador Francisco Huenchumilla (DC).

“Muchas veces el o la autora del delito es parte del entorno, lo que hace que las víctimas se inhiban de denunciar y este sentimiento de culpa es producido por el propio agresor. Este es un mensaje para la víctima, que se empodere de sus derechos y podrán denunciar, perseguir y castigar a su agresor. Y el agresor sabrá que llegará el día en que sea denunciado”, planteó José Durana (UDI).

El proyecto dispone “que las acciones penales para perseguir judicialmente los delitos cometidos en contra de menores de edad, podrán siempre deducirse por la víctima o el Ministerio Público, sin que el autor de los mismos pueda alegar que éstas se han extinguido por el paso del tiempo”.

Los delitos declarados imprescriptibles son los de violación; estupro; abuso sexual; exposición a actos de significancia sexual; producción de material pornográfico y favorecimiento de la prostitución, cuando ellos se han cometido en contra o bien se han visto involucrados como víctimas menores de 18 años.

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