El Poder Judicial de Venezuela asume las competencias del Legislativo

El Poder Judicial de Venezuela asume las competencias del Legislativo

El Tribunal Supremo de Justicia ha declarado en desacato a la Asamblea Nacional y la ha despojado de sus competencias. Una verdadera sanción aplicada sin el respaldo de la norma Constitucional.

La decisión del máximo órgano de la Justicia parece subir todavía más la apuesta en el enfrentamiento institucional que se vive en Venezuela, en medio de una grave crisis que es también económica y social.

Con una decisión que no aparece neutral, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en realidad controlado por el oficialismo, despojó este miércoles de su poder al Poder Legislativo representado por  la Asamblea Nacional (AN), controlada por la oposición. El argumento de la medida es estar en “desacato”, según determinó el máximo tribunal el año pasado tras el incumplimiento de varias sentencias. La sentencia ordena que la Sala Constitucional del TSJ asuma el rol del Legislativo. “Se advierte que mientras persista la situación de desacato y de invalidez de las actuaciones de la Asamblea Nacional, esta Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta Sala o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho”.

El TSJ ya había declarado en desacato a la AN en oportunidad de la impugnación de la elección de algunos de sus miembros. Pero en este caso se da un paso más, que muy dudosa legitimidad.

En primer lugar, el nuevo motivo de desacato es que la AN no ha dado el visto bueno a una serie de iniciativas del Ejecutivo para conformar empresas mixtas en materia de hidrocarburos. Lo que podrá ser discutible, pero es parte de las facultades de un cuerpo legislativo legislar como no sobre un tema o negar su parecer.

En segundo lugar, el Poder Judicial podrá hacer constar un incumplimiento, podrá según la Constitución venezolana anular un acto inconstitucional, pero en la carta magna no se habla de asumir las competencias propias de otro Poder del Estado, porque de este modo se estaría entonces sancionando una superioridad jerarquizada de un poder sobre otro. La pregunta es si un desacato del presidente Nicolás Maduro puede suponer que el Poder Judicial asuma sus competencias o si el Legislativo puede hacer lo mismo. Jerarquías de este tipo sólo las puede prever la Constitución pero ningún poder se las puede arrogar. El texto de la carta magna, además, sólo prevé que el Tribunal Supremo fije plazos para que los Legislativos nacionales o locales cumplan con su deber de producir las normas necesarias para la aplicación de la Constitución (art. 335 numeral 7), pero en ningún caso asumir sus funciones.

De hecho, en su comunicado, el TSJ no invoca ninguna norma constitucional por lo que estaría instituyendo una suerte de sanción sin legitimidad alguna, rompiendo gravemente el esquema de separación de poderes reconocido por la Constitución. Y eso amplía los indicios de que en el país se está atentando, y gravemente, contra el orden constitucional.

 

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